Trámites Electrónicos

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La Agencia Tributaria de la Región de Murcia | ATRM,  informa que se ha puesto en producción el nuevo registro de colaboradores sociales, en virtud del cual se podrá llevar a cabo la colaboración social de aquellos profesionales que formen parte como ejercientes de los colegios con las que la ATRM tenga suscrito Convenio de colaboración social.

Con estos convenios se pretende que la relación que actualmente mantienen los profesionales que operan en representación de terceros para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias se vea modificada con el objetivo de poder permitir que estos profesionales puedan operar con la ATRM de una forma más ágil, sencilla y segura.  

El Colegio de Economistas de la Región de Murcia tiene firmado éste convenio,  en primer lugar y de acuerdo con lo establecido en la Clausula tercera, los colegiados y las sociedades profesionales interesadas en adherirse al Convenio tendrán que manifestar previamente su consentimiento mediante la firma del documento individualizado de adhesión  (Descargar Anexo). Dicho Documento se enviará al Colegio para su custodia ( colegiomurcia@economistas.org   - informacolegio@economistas.org .

Una vez remitido al Colegio, la adhesión especifica por los colegiados se hará de forma telemática en un nuevo formulario que se encuentra en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, bajo el número de procedimiento 9382 y con la denominación “Alta y gestión en el censo de colaboradores sociales en la Agencia Tributaria de la Región de Murcia”, por medio del cual dichos profesionales firman la adhesión al Convenio de Colaboración a través del siguiente enlace:  https://sede.carm.es/paetributos/formularios/F9382 

Los colaboradores sociales de la ATRM tendrán una serie de ventajas que consistirán, entre otras, en un acceso específico para la presentación de documentos; disposición de un canal específico de comunicación por correo electrónico (COLABORADORES.SOCIALES.ATRM@CARM.ES) para remitir sus incidencias y consultas, y a través del cual la ATRM también les facilitará cualquier tipo de novedad que pudiera ser de su interés. 

Los colegiados y las sociedades profesionales que se adhieran al presente Convenio deberán ostentar la representación de los obligados tributarios en cuyo nombre efectúen la presentación por medios telemáticos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General tributaria.

Aquellos profesionales que no estén adheridos a ningún convenio de colaboración social en los términos indicados anteriormente no podrán estar en disposición de usar el programa de ayuda al contribuyente (PACO) a partir del año 2024. 

Para ampliar cualquier cuestión relacionada con la colaboración social en el ámbito de la ATRM puedes consultar el siguiente enlace:  Colaboración Social - ATRM (carm.es) 

marzo 2023

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